Guanajuato.- Los recintos fiscalizados dentro de las aduanas son espacios que el Gobierno licita a empresas particulares para ofrecer un servicio.
Las compañías los utilizan para resguardar sus mercancías mientras realizan el procedimiento administrativo para llevar a cabo la importación.
Francisco Javier Méndez Aguiñaga, director del Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior (Comce), explicó que en la aduana de Manzanillo, cuando llega una carga, el buque descarga los contenedores y estos entran a un área de almacenaje.
El Gobierno lo que hace es concesionar el espacio, para que, si alguna empresa particular desea ofrecer el servicio de almacenaje, pueda hacerlo; a este espacio se le conoce como recinto fiscalizado”.
Advirtió que en esta figura se realiza toda la gestión administrativa para introducir la mercancía al territorio nacional.
Para ello se necesita la figura de un agente aduanal, quien tiene la concesión por parte del Gobierno federal para llevar a cabo la gestión administrativa de importación o exportación.
A partir de esto, la empresa importadora informa al agente aduanal en qué régimen aduanero llega la mercancía y cuál es la finalidad; por ejemplo, la importación temporal es un régimen aduanero.
El director destacó que pensar que cuando arriba un buque, la autoridad no sepa qué contiene es ilógico, ya que las empresas de transporte están obligadas a notificarlo.
Tienen control, está contado lo que entra y se sabe qué es lo que entró. Todo está bajo control, todo está en circuito cerrado de televisión”.
Señala afectación por eliminación de calzado de Immex
Méndez Aguiñaga refirió que hay diferentes regímenes aduaneros, como el recinto fiscalizado estratégico, que es muy similar al Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Immex), para importar temporalmente una mercancía, fabricar algo y después exportarlo.
El programa Immex tiene diversas modalidades en las que se pueden consolidar compras de distintos productos y exportarlos.
Tras la salida del calzado de este programa, el especialista señaló que se cometió un grave error.
Explicó que quien importa calzado de forma temporal necesariamente debe demostrar la salida del producto. Hay comercializadoras que compran en México, consolidan y exportan.
En el Immex, el Gobierno permite que las compras se realicen de forma consolidada sin el pago de IVA, ya que se catalogan como temporales, en la modalidad de servicios; sin embargo, actualmente el programa no hace esta distinción.
Hay empresas en León que compran zapatos a productores nacionales y los exportan; entonces, cuando el Gobierno saca esa disposición, prácticamente esas compañías dejaron de operar”.
Lo que hacían estas comercializadoras al comprar de manera consolidada, con esa disposición ya no lo pueden realizar.
“No pensaron que las ventas que ellos mismos hacen a empresas comercializadoras ya no se van a concretar”.
Para ejemplificar la afectación, el especialista explicó que, cuando un embarque de calzado tenía alguna falla, este se devolvía para reparación; al regresar el zapato, las empresas utilizaban su programa Immex para importarlo temporalmente. Con la disposición actual, ya no lo pueden hacer.
Las empresas que tienen programa Immex del sector calzado no van a poder importar temporalmente para corregir o reparar su propio zapato”.
Y confirmó que conoce casos de compañías que realizaban consolidación de compra y enviaban producto y que actualmente ya no están operando.
AAK
