Querétaro, Qro.- Más de 855 establecimientos han sido suspendidos por no respetar las medidas sanitarias contra el COVID en Querétaro, esto entre junio del 2020 y la primera semana de marzo del 2021. No obstante, las suspensiones también pueden darse por incumplir asuntos administrativos de cada negocio.
En el Acuerdo para crear las Unidades Especiales Anti-COVID-19 (UEA) se permite la coordinación entre las autoridades sanitarias con Protección Civil y otras dependencias encargadas de verificar la operación de locales, comercios y centros de trabajo, por lo que una inspección puede comprender todo tipo de obligaciones.
Al momento de una inspección, la UEA deberá identificarse y presentar un acta de inspección rutinaria. Los encargados de verificar las medidas de salud, de forma particular, deben ser elementos de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios, quienes procederán a realizar todo el chequeo necesario del establecimiento.
En el Escenario B, restaurantes y tiendas en general no deben rebasar el 50% de aforo además de que sólo pueden abrir hasta las 22:00 horas; para bares y cantinas, pueden tener hasta el 30% de aforo y con la misma hora de cierre. De acuerdo con la dirección de la UEA, más del 70% de los negocios cerrados pertenecen a estos giros.
Elementos de Protección Civil o las direcciones municipales también pueden verificar documentos como licencias de funcionamiento, licencias para venta de alcohol o señalamientos de seguridad. En caso de no tener documentos en regla, pueden proceder a implementar una sanción.
Además de los aforos y horarios, todos los integrantes del personal deben portar cubrebocas al interior del establecimiento, así como otros aditivos como caretas o guantes de ser posible, y contar con insumos como gel antibacterial y sanitizante para limpiar las distintas zonas del lugar de manera periódica.
En caso del incumplimiento de las medidas (tanto de salud como administrativas), la UEA puede levantar un acta suspensión, desalojar el lugar, cerrarlo y colocar los sellos en las entradas para evitar el acceso.
El acta se turna al Juzgado Cívico para definir una sanción, la cual puede ir hasta de hasta 26 mil 886 pesos de multa además del tiempo sin actividades hasta que se garantice el cumplimiento de las medidas o corregir los agravios encontrados. No obstante, en caso de una reincidencia, la sanción a un negocio será la clausura definitiva de actividades.
