El jueves se aprobó el dictamen de reforma constitucional local que establece las bases para que en Guanajuato desaparezca el organismo autónomo garante de transparencia y sus funciones pasen a un entramado de organismos. Ahora serán los órganos internos de control del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y de los autónomos constitucionales los que resolverán los recursos de inconformidad en materia de transparencia.
Dicho de otra forma, ahora, al tener una respuesta que no se considera satisfactoria por parte del Poder Ejecutivo, será el propio Poder Ejecutivo el que resuelva la inconformidad de dicha respuesta; mismo caso para el resto de los organismos separados, serán jueces y parte. Además, el Poder Ejecutivo local será el revisor de los 46 municipios; ante inconformidad de la respuesta que brinde la unidad de transparencia de León, será la Secretaría de la Honestidad la que resuelva el recurso. Sobre este punto, habrá de esperar una controversia constitucional que se encuentra en estudio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se denuncia una posible invasión de competencias de los Ejecutivos locales sobre los municipios.
En la anterior columna se señaló que el nombre de simplificación administrativa para esta reforma es, en realidad, un eufemismo para una reforma que extingue organismos garantes, técnicos y especializados con años de experiencia, y pasa sus facultades a los Órganos Internos de Control, los cuales realizan labores de fiscalización y auditoría, no de transparencia y protección de datos personales.
Si bien la fiscalización y la transparencia son materias que están intrínsecamente unidas, no significa que sean similares en su contenido, técnica y desarrollo, pues cada una de ellas requiere una especialización en la materia. La fiscalización se centra en revisar el correcto uso de los recursos públicos, mientras que la transparencia es un derecho humano que permite a toda persona acceder a información que se encuentre en posesión del gobierno, y que dicha información no sea solo para fines de fiscalización, sino de discusión pública del quehacer del Estado. Este derecho, como lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es un derecho básico en la construcción de ciudadanía y democracia.
Si Guanajuato se limita a imitar el modelo federal, se perderá no solo la autonomía de un organismo, sino la experiencia acumulada y recursos humanos valiosos que han realizado una carrera en materia de estos dos derechos, para que pase a las contralorías, las cuales no fueron diseñadas para realizar estas labores de garantía de transparencia y protección de datos personales, sino del uso correcto del recurso público.
Por ello, resulta necesario que, durante el plazo de 180 días hábiles que establece el decreto de reforma constitucional para emitir la nueva ley en la materia, se involucre no solo a instituciones y personas servidoras públicas, sino en general a la ciudadanía, a periodistas, académicas, defensoras de derechos humanos y toda persona o grupo de personas que tengan injerencia directa en la protección y garantía de este derecho.
Es la oportunidad de que el Congreso local diseñe una ley de transparencia, dentro de los límites constitucionales, mantenga a Guanajuato con un diseño institucional y normativo sólido en la materia, que garantice la mayor independencia, experiencia y tecnicismo de los nuevos garantes y sus titulares, y, sobre todo, una garantía real de este derecho base para la construcción democrática.
RAA
