Circula entre los medios de comunicación y en los grupos de WhatsApp un estudio de mercado sin fecha, mediante el cual el Patronato de la Feria de León justifica la selección y contratación directa de los artistas que se presentaron en el Teatro del Pueblo (foro Mazda) en la pasada edición de la feria de nuestra ciudad.
En dicho documento, el Patronato de la Feria confirma que el sustento normativo en el cual descansan las contrataciones sin licitación se encuentra en el “Reglamento de Adquisiciones del Municipio de León”. En estricto sentido, ese reglamento no existe; su nombre correcto es Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Comodatos y Contratación de Servicios para el Municipio de León, Guanajuato, algo que pareciera una nimiedad, pero en un documento oficial tiene repercusiones legales y es indicativo de la calidad del estudio. Pero deja en claro que los procesos de compras y contrataciones de la Feria se basan en las disposiciones municipales y no en las internas del Patronato, como se había entendido.
De un análisis preliminar de dicho estudio, se desprende una aseveración reveladora en el sentido de que “la contratación de artistas para la Feria Estatal de León representa un proceso logísticamente complejo y comercialmente particular, al no tratarse de un servicio estandarizado en el mercado. En ese rubro no existen tarifas públicas, ni mecanismos que permitan realizar comparativas de precios uniformes, como en el caso de bienes o servicios más estructurados”.
Con esta reflexión, el Patronato da a entender que el reglamento señalado resulta de difícil aplicación en el caso de contratación de artistas y conferencistas, ya que es complicado obtener los elementos principales de un proceso de adjudicación pública, como son los precios de referencia, los precios no convenientes ni los precios no aceptables, ni la mediana de precios; todos ellos de mucha importancia para poder encontrar las mejores condiciones en las compras y contrataciones de bienes y servicios públicos, pues con ellos se garantiza la transparencia en el ejercicio de los recursos.
Efectivamente, los reglamentos municipales no están diseñados para contratar artistas; su función es ser herramientas eficaces para que los servidores públicos adquieran o contraten bienes o servicios que sean propios de su obligación de administrar los recursos de los presupuestos públicos y la tarea de gobernar. Por eso mismo, una conclusión muy sencilla pero difícil de entender para muchos es que, si el reglamento no contempla ese tipo de contrataciones, es porque sencillamente no es la función del gobierno, por lo que buscar aplicar un reglamento “con calzador” solamente expone al servidor público que lo hace, ya que lo obliga, o le facilita, la aplicación de criterios subjetivos y discrecionales, lo que abre la puerta a la opacidad o falta de transparencia.
Las inyecciones millonarias de recursos públicos estatales y algunos municipales para la contratación de artistas y espectáculos en la Feria de León son de años muy recientes, pues antes, en todo caso, se hacían con recursos propios del Patronato. La fiebre de querer demostrar cuál feria es la mejor a base de billetazos solo ha generado un escenario en donde la transparencia es un estorbo, y ha puesto en predicamentos a los patronatos y sus consejeros, quienes además tienen que aguantar las presiones y chantajes de los políticos que exigen privilegios personales como contraprestación a los recursos invertidos.
Pero también ha ocasionado que el Ayuntamiento de nuestra ciudad se quede al margen de muchas decisiones sobre el mejor destino que se le puede dar a 200 millones anuales: si a contratar artistas o a resolver necesidades primarias de los ciudadanos. Y todo por satisfacer el ego del gobernante que ejerce los recursos como si fueran de su propiedad.
LALC
