México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió la fecha límite para la devolución de saldo a favor a las personas físicas que realizaron su declaración de impuestos 2020.

El SAT informa que si se obtuvo saldo a favor, realizará una devolución automática del Impuesto Sobre la Renta (ISR), y la fecha límite para la devolución será el próximo 31 de julio de 2021.

Cuando un contribuyente obtiene un saldo a favor en el pago de sus impuestos, puede solicitar la devolución que le corresponde, pero antes es necesario que haga una declaración en tiempo, según el artículo 2, fracción II, de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

La devolución, la cual es automática, es posible si las personas físicas realizan su declaración del ejercicio 2020 antes del 31 de julio de 2021.

Para la devolución automática del ISR, el SAT requiere la e.firma para la declaración de montos superiores a 10 mil 001 pesos y la contraseña para montos menores.

La dependencia federal agregó que los ciudadanos que tengan un saldo a favor de entre 10 mil y 150 mil pesos podrán presentar su declaración con contraseña, y que la cuenta CLABE en la que se pida en depósito coincida con una que ya esté registrada ante el SAT.

Personas que no podrán acceder a la devolución:

Contribuyentes con saldos a favor superiores a 150 mil pesos

Cuando el saldo a favor corresponde a ejercicios anteriores

Que hayan solicitado previamente un formato de devoluciones

Quienes presenten su declaración anual posterior a la fecha límite

Contribuyentes con solicitudes con CFDI”s expedidos por contribuyentes del listado 69 y 69-B, etcétera.

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