Chiapas.- Una jueza de Chiapas concedió la suspensión definitiva del primer tramo del Tren Mayo tras recurso presentado por pueblo indígena.
La juez segunda de Distrito concedió el recurso contra el tramo 1 (Palenque-Escárcega) solicitando al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) abstenerse de realizar la ejecución del proyecto.
Argumentan derecho a salud
Desde el 7 de mayo, el pueblo Ch’ol de las comunidades de Palenque, Salto de Agua y Ocosingo presentaron un amparo contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, el Secretario de Salud y el director de Fonatur.
El argumento es que se viola sus derechos a la salud, hay afectaciones ambientales y a su derecho como comunidades indígenas.
Desde ese día, la juez determinó que el confinamiento por la pandemia de Covid-19 ponía en riesgo la salud de las comunidades, así como sus derechos a un medio ambiente sano.
Sin embargo, esa suspensión fue revocada por los magistrados del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Tuxtla Gutiérrez, con el argumento de que “el riesgo de contagio por Covid-19 derivado de los trabajos del tren, para la comunidad Ch”ol, constituía un acto futuro de realización incierta”.
Pero este 22 de junio, después de haberse diferido cinco veces la audiencia incidental, la jueza determinó conceder la suspensión definitiva.
“Colisiona actualmente con el fenómeno de salud nacional suscitado por el virus Covid-19, cuya existencia y propagación está reconocida por el acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el SARSCoV2″, determinó.
Responde Fonatur
- El juicio de amparo NO se ha resuelto y está pendiente de que la jueza dicte la sentencia.
- La suspensión definitiva se limita a la obra nueva en Palenque, Chiapas. En ese tramo no se han iniciado trabajos relacionados a obra nueva.
- La suspensión reconoce que el proyecto Tren Maya puede rehabilitar y/o dar mantenimiento a las vías férreas que ya existen, lo que significa que Fonatur puede continuar con los trabajos al amparo de la ley.
- Esta medida solo tiene efecto durante el período de emergencia sanitaria como define la jueza.
- El Tren Maya ha sido calificado por el Tribunal superior al Juzgado como una obra que “en sí misma es de orden público e interés social”, por lo que, se procederá al análisis correspondiente, y en su caso, a la impugnación de la suspensión.
- Fonatur entiende la preocupación de diversos grupos por la emergencia sanitaria. Por tal motivo las actividades de rehabilitación y mantenimiento de la vía existente han sido reducidas a las actividades esenciales, en campo abierto, con sana distancia, y con un protocolo de protección en obra avalado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
(Con información de El Economista)
HLL
