El Ayuntamiento de Irapuato aprobó una sanción de 600 salarios mínimos y un año de inhabilitación de cargos públicos en contra del ex alcalde Jorge Estrada Palero.
El motivo son irregularidades detectadas en lo que iba a ser el Polideportivo, así como del fraccionamiento Las Misiones.
La Administración de Estrada Palero pagó por adelantado a una empresa contratista por la obra del Polideportivo poco más de 19 millones de pesos, pero no se hizo el trabajo porque los terrenos no estaban en poder del Municipio, sino de los beisbolistas amateur de Irapuato.
En el caso de Las Misiones, se presume que Estrada Palero ocultó información por el pago de un abogado (honorarios por un millón) en un asunto que tuvo un costo para el Municipio de 18 millones 800 mil pesos.
Trascendió extraoficialmente que Estrada Palero será objeto de una multa de 600 salarios mínimos e inhabilitación por un año de cargos públicos.
Fue en el marco de una Sesión de Ayuntamiento secreta, como se acordó la sanción, de acuerdo al artículo 59, fracción II, de la Ley Orgánica Municipal, en virtud de tratarse de un asunto con nota de reservado.
Los regidores del PRI Jorge Luis Martínez Nava, Rubén Aguilar Camarillo y Miguel Bretón Lares, así como el presidente municipal Sixto Zetina, no quisieron hablar sobre la información extraoficial, en base al artículo 67 de la misma ley en la que se establece que los integrantes del Ayuntamiento deberán guardar la reserva correspondiente de los asuntos tratados en las sesiones secretas.
Las sanciones que se aplicaron según lo difundido extraoficialmente se encuentran en el Título segundo de responsabilidades administrativas de la Ley para los Servidores Públicos y los municipios del Estado de Guanajuato.
El artículo 15 de dicha Ley señala que “La multa podrá ser de tres a seiscientos días y su monto se hará efectivo a través del procedimiento administrativo de ejecución previsto para los créditos fiscales”.
En el caso de Estrada Palero los regidores le aplicaron la cantidad máxima de multa por 600 salarios mínimos, lo que equivale a 38 mil 856 pesos.
Por lo que refiere a la inhabilitación, los artículos 18 y 23 inciso I de la Ley para los Servidores Públicos precisa que “La inhabilitación consiste en el impedimento absoluto para volver a ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público, durante la temporalidad que decrete la resolución del procedimiento de responsabilidad administrativa. (Artículo reformado. P.O. 11 septiembre de 2012).
Ahora el ex alcalde Jorge Estrada tiene un plazo de 40 días para apelar a la resolución del Ayuntamiento o que las sanciones se hagan efectivas.
