La titular de la Delegación Guanajuato de la Procuraduría Federal del Trabajo, Virginia Fernández Esquivel, señaló: “La Secretaría del Trabajo entrega permisos a los papás para que los niños trabajen, siempre y cuando se conozcan las condiciones en que lo harán, que no sea en labores nocturnas o peligrosas”.
“El Artículo Constitucional 123 y lo previsto en el Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, corresponde a las autoridades locales, pero antes que nada es un asunto de derechos humanos, porque eso podría ser explotación”, dijo la funcionaria federal.
La Procuradora Federal del Trabajo de la Delegación Guanajuato comentó también: “Para los niños que trabajan en la vía pública, hay un problema social por la posible explotación del niño que anda vendiendo chicles y esas cosas o pidiendo limosnas”.
Cuando se trata de talleres familiares, por ejemplo de cerámica, el pequeño va aprendiendo a hacer el trabajo con sus papás al igual que en el campo, es una competencia del ámbito estatal y no federal”, explicó Fernández Esquivel.
Sin denuncias de padres por hijos trabajadores
El delegado en Guanajuato de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Ángel Arellano Espinoza, comentó: “Nosotros como Delegación Federal del Trabajo, tenemos la encomienda de darle difusión a la reforma laboral con los diferentes actores de la producción, como sindicatos y cámaras empresariales.
“Es necesario -dijo- que conozcan el contenido de la reforma y en el caso de la contratación de menores en centros de trabajo, existe una prohibición expresa para el patrón de contratar a menores de 14 años, pero hay una excepción en el caso de niños, y es que éstos laboren en una forma muy directa en el ámbito familiar”.
“Nosotros buscamos la prevención, supervisión y no es prioritaria la sanción, aunque en la Delegación de Guanajuato no se tiene el registro de alguna solicitud de algún padre para que un menor de edad labore en alguna empresa del ámbito federal”, dijo el Delegado Federal del Trabajo.
Arellano Espinoza agregó: “Hay una prohibición para terminar con la labor de menores de 14 años fuera del ámbito familiar, refiriéndose a los parientes por consanguinidad ascendiente y colateral hasta en un segundo grado, y la sanción va de 1 a 4 años de prisión y de 50 a 5 mil salarios mínimos”.
Agregó que las normas legales tienen que ser actualizadas de acuerdo a las necesidades de la sociedad, los puntos de vista son respetables, pero las reformas fueron echas para atender a la sociedad, para tratar al trabajador con dignidad, brindarle capacitación y mejorar su condición como persona y esta mejora dentro de una empresa, le permita desarrollarse como persona”, insistió.
