La Cámara de Diputados desdeñó ayer una reforma aprobada por el Senado de la República.
Incluso, la disputa legislativa, por una presunta invasión de facultades, atorará la reforma constitucional para regular la deuda de los estados.
Ayer los senadores aprobaron la reforma que deja en manos de las entidades federativas la definición de los montos máximos de endeudamiento local y les permite avalar los créditos con cargo a las participaciones federales.
La discusión del dictamen, avalado por 100 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones, generó inconformidad entre senadores del PRD y el PAN, quienes consideraron que es una ley incompleta y que los controles que contempla son sólo simulación.
Mario Delgado, del PRD, advirtió que el artículo 73 de la ley se abrirá la puerta al mayor rescate financiero de la historia, pues se amplía mucho la definición de deuda pública.
Asimismo la iniciativa le niega a los diputados la posibilidad de poner límites a esta contratación; también limita las facultades de la ASF para fiscalizarlos y no sanciona con juicio político a funcionarios que cometan abusos.
La minuta de dicha reforma tendría que ser turnada a la colegisladora para que la discuta, la reforme o la vote en sus términos.
Sin embargo, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados acordó no discutir la minuta que les envíe el Senado, por considerar que éste invade sus facultades porque no puede ser “Cámara de origen” en materia de empréstitos.
“En consecuencia, se acordó que si el citado tema es aprobado en el Senado y remitida la minuta, se solicite a la Mesa Directiva que no sea recibida y turnada a Comisión, para lo cual se instruyó a la Secretaría de Servicios Parlamentarios y a la Dirección General de Asuntos Jurídicos preparar un proyecto de respuesta que considere lo expresado”, cita un oficio del secretario general de la Cámara, Mauricio Farah, remitido a la Mesa Directiva.
En el documento se explica que previamente se estableció comunicación con áreas técnicas del Senado sobre la facultad conferida a la Cámara de Diputados en el artículo 72 de la Constitución, inciso H.
? ? Con esta apertura del artículo 73 constitucional, que no nos extrañe, se abre la posibilidad de regularizar la deuda que ha estado escondida ? ?
Mario Delgado, legislador del PRD
? ? Lamento que se haya retirado del dictamen que autoridades fueran sujetos de responsabilidad penal cuando avalaran endeudar a un Estado ? ?
Jorge Luis Preciado, legislador
Y rechaza experto argumentos de Senado
El abogado constitucionalista Elisur Arteaga Nava advirtió que no son válidos los argumentos del Senado para sustentar que tiene la facultad de iniciar reformas en materia de deuda pública de las entidades.
De acuerdo con el estudioso de la Constitución, sigue vigente la facultad de la Cámara de Diputados de ser el órgano legislativo donde se inicie la discusión de iniciativas o proyectos de decreto en materia de contribuciones, empréstitos y reclutamiento de tropas, conforme a lo establecido en el artículo 72, inciso H, de la Carta Magna. En el dictamen que se presentó a Mesa Directiva del Senado en las reformas constitucionales para regular la forma en que las entidades podrán contratar empréstitos, se argumentó que esta Cámara tiene la facultad de comenzar una reforma constitucional, según el artículo 135 de la Constitución.
“Es lógico concluir que la prevención contenida en el artículo 72, inciso H, es aplicable aún en los casos en que se conoce de una iniciativa de reforma a la Constitución sobre dichas materias”. (A.R.eforma)
