El juez cuestionó la actuación de la agente del Ministerio Público federal a cargo del caso, que en solo 17 días, desde que se presentó la denuncia, decidió no emprender acción penal contra los funcionarios señalados. Foto: Especial.

Aguascalientes.- El Ministerio Público Federal en Guanajuato deberá iniciar la investigación de los presuntos actos de corrupción denunciados por la actual directora del Hospital Regional del Issste de León, en los cuales están involucrados cinco funcionarios públicos que laboraban en ese hospital durante 2023 y 2024.

Uno de ellos es el director de ese hospital durante ese periodo, que hoy es el actual Secretario de Salud de Guanajuato. Y otros tres ya no laboran en el Issste, sino que también trabajan en la Secretaría de Salud del Estado. 

Los nombres de los involucrados no se pueden dar a conocer por orden del juez Orlando Díaz Delgadillo, quien este lunes revocó la decisión de no emprender acción penal contra los cinco servidores públicos mencionados, por presuntos actos de corrupción, que había dictado el 25 de noviembre de 2024 una agente del Ministerio Público Federal de la delegación Guanajuato.

Con su decisión, el juez cuestionó la actuación de la agente del Ministerio Público federal a cargo del caso, que en solo 17 días, desde que se presentó la denuncia, decidió no emprender acción penal contra los funcionarios señalados y después dio solo 24 horas al representante legal del Issste para presentar datos de prueba. Además, no ordenó ninguna investigación. 

La agente del Ministerio Público ha actuado en circunstancias que no se ajustan a una investigación inicial. (…) Si esto es así, es un no ejercicio de la acción penal ilógica, que no se ajusta a la real”, sostuvo.

La audiencia, realizada en el Centro de Justicia Penal Federal, fue a distancia y no acudió personalmente ninguno de los funcionarios y exfuncionario señalados, solo participaron de manera virtual dos abogados de tres funcionarios del ISSSTE y el representante legal del Issste. 

Centro de Justicia Penal Federal de Aguascalientes, donde se celebró ayer la audiencia. Foto: Catalina Reyes

Desecha veredicto absolución ‘exprés’

El 14 de noviembre de 2024, Proceso dio a conocer que el 17 de octubre de ese año, Martha Karina Rodríguez Lizola, nueva directora del Hospital Regional del Issste en León, presentó una denuncia por supuestas irregularidades en contratos. 

La denuncia se basa, en parte, en una investigación sobre estos hechos, publicada por Proceso días atrás, el 11 de octubre.

La denuncia involucra a varios funcionarios, uno de ellos el director de ese hospital hasta antes de incorporarse al Gobierno del Estado, como actual Secretario de Salud de Guanajuato y a otros tres ya no laboran en el Issste, sino que también trabajan en la Secretaría de Salud del Estado. 

Fue dirigida a Raquel Buenrostro, secretaria de la Función Pública; a María Isabel García Millán, del Órgano Interno de Control del Issste en Guanajuato, y a Felipe de Jesús Zermeño Núñez, director jurídico del Issste. 

También lo hizo ante la delegación de la Fiscalía General de la República (FGR) en Guanajuato el 8 de noviembre de 2024. Pero el 25 de noviembre, una agente del Ministerio Público Federal determinó “el no ejercicio de la acción penal”, porque no tenía suficientes datos de prueba.

El 16 de diciembre del 2024 AM publicó una investigación que revela que empresas “fantasma”, de reciente creación y otras vinculadas con funcionarios fueron beneficiadas con contratos millonarios para ser proveedores del Hospital Regional del Issste en León.

Este lunes, en la audiencia judicial en Aguascalientes, se dio a conocer que el 20 de enero de 2025 se presentó una impugnación contra esa decisión. El juez determinó que sí se presentó en tiempo y se debatió sobre si procedía o no dicha impugnación. 

En solo 17 días decidieron que no procedía

La abogada de la denunciante destacó que luego de la denuncia  original contra los funcionarios de Salud, la agente del Ministerio Público Federal determinó en solo 17 días que no había que ejercer acción penal contra los señalados, sin dar tiempo a impugnaciones. 

Y eso además de que el 19 de noviembre de 2024 se integró una carpeta de investigación sobre otra denuncia, por hechos relacionados con la primera, por lo que en solo cinco días el Ministerio Público Federal tomó su determinación. 

La denunciante solicitó por lo tanto que se revocara el “no ejercicio de la acción penal”, porque: “son muy poquitos los actos de investigación en este caso”. 

Afirmó que hay alrededor de 15 expedientes y otros documentos recabados que no fueron analizados, como un análisis de contratos que integró la denunciante, y que fueron presentados ante el Ministerio Público Federal el 10 de diciembre pero se los devolvieron porque ya había resuelto no ejercer acción penal

Por lo cual solicito se hagan los actos de investigación y se revoque el no ejercicio de la acción penal”, concluyó.  

MP dio 24 horas para presentar pruebas

En su defensa, la agente del Ministerio Público Federal que desechó la denuncia de la Directora del Issste argumentó que lo hizo por varias razones, entre ellas, que el 8 de noviembre la denunciante presentó copia simple de una nota de internet. 

Además, porque citó dos veces a comparecer al representante legal del Issste, pero no acudió; lo hizo hasta el tercer citatorio. “En ningún momento compareció, es más, ni lo conocí”. 

Explicó que hasta el 25 de noviembre compareció el apoderado legal del Issste, a quien el Ministerio Público le dijo que tenía 24 horas para presentar documentales, finalizado ese plazo solicitó más tiempo, pero sin dar ningún otro dato. Además, porque eran dos representantes del Issste pero solo compareció uno y no aportó ningún dato de prueba. 

Sobre el hecho de que regresó los documentos que le presentó la denunciante, explicó que lo hizo porque era una caja sin cadena de custodia.

 No pueden así, entregar por Estafeta, debieron entregarla en persona”, señaló. 

Afirmó que le avisó esto al apoderado legal del Issste pero éste no contestó. 

“Al no interesarle este asunto, por eso se declaró el no ejercicio de la acción penal”, concluyó. 

Los abogados de tres de los funcionarios y exfuncionario del Issste que acudieron argumentaron que por lo tanto consideraban que sí había sido correcto el “no ejercicio de la acción penal” y que así debería de mantenerse. 

Juez considera “inadmisible” decisión del Ministerio Público 

Una vez escuchados los argumentos de todas las partes involucradas, el juez Orlando Díaz Delgadillo concluyó:  “¿La agente del Ministerio Público dio oportunidad de recabar datos de prueba? queda claro que no.

“Dar 17 días no se ajusta a una investigación inicial. ¿Dónde están los actos de investigación solicitados por el Ministerio Público? no lo advierto. Dar 17 días es un escenario que limita. 

El no haber presentado datos de prueba no justifica el ‘no ejercicio de la acción penal’. Y el Ministerio Público asume la investigación, pero no advierto que lo haya hecho, solo solicitó datos de prueba”, afirmó. 

Preguntó si algún artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales permite al Ministerio Público actuar en términos de solo dar 24 horas para recabar datos de prueba y respondió que ningún artículo lo permite. 

Y consideró que haber dado solo 24 horas para que el representante del Issste aportara datos de prueba, “es inadmisible”.

“El Ministerio Público tenía que dar la oportunidad de presentar los datos de prueba y además solicitar actos de investigación teniendo como base los hechos denunciados, solo así se puede llegar a un punto de no acción penal, pero esto no los advierto en los argumentos. Es inadmisible”, concluyó. 

DAR

 

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