El dirigente obrero Mario Baños Briseño opinó que los legisladores federales que revisan la reforma laboral deberían incluir como días de descanso obligatorio para el país el Viernes Santo de cada año y el 12 de diciembre, con motivo del Día de la Virgen de Guadalupe.
Esas fechas actualmente no están consideradas como descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo.
DESCANSAN EN ESCUELAS Y EMPLEADOS PÚBLICOS
El secretario general adjunto de la Federación de Trabajadores del Estado de Hidalgo, sector afiliado al PRI, comentó que, en algunas dependencias del sector público, así como el magisterio, descansan en cada Viernes Santo como parte de las vacaciones de Semana Mayor.
En el caso del 12 de diciembre, solo las instituciones financieras del país cierran, porque se celebra el Día del Empleado Bancario.
FECHAS RELIGIOSAS ARRAIGADAS
Pero, en atención a las creencias religiosas muy arraigadas en México, sería adecuado, dijo Baños Briseño, incorporar ambas fechas en el calendario de descansos obligatorios o con pagos triples en el caso de los que trabajen.
LOS DÍAS DE DESCANSO
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los únicos días de descanso obligatorio en México son los siguientes:
– Primero de enero: Año Nuevo
– Primer lunes de febrero: Aniversario de la Constitución
– Tercer lunes de marzo: Natalicio de Benito Juárez
– Primero de mayo: Día del Trabajo
– Dieciséis de septiembre: Independencia de México
– Tercer lunes de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
– Veinticinco de diciembre: Navidad.
