El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió que la presidenta municipal de Apan, María Zorayda Robles Barrera, no incurrió en violencia política en razón de género en contra de una regidora ni de los dos regidores que promovieron el juicio en su contra.
Al analizar el juicio de protección de derechos político-electorales TEEH-JDC-008-2025, promovido por dos regidores, los magistrados determinaron que no hubo omisiones ni actuaciones que constituyeran violencia política de género durante la sesión de cabildo del 30 de diciembre.
El tribunal examinó la legalidad de la convocatoria a dicha sesión y la validez de los acuerdos aprobados por mayoría.
Aunque los regidores denunciantes señalaron que se había incurrido en violencia política de género, los magistrados concluyeron que las conductas denunciadas eran inexistentes, ya que no se encontraron elementos suficientes para acreditar violencia patrimonial, económica o cualquier otro tipo de afectación a derechos políticos.
Durante la sesión del Tribunal, el magistrado presidente Leodegario Hernández Cortez destacó que el análisis del caso debía realizarse desde una perspectiva estrictamente electoral.
El magistrado subrayó que, para acreditar la existencia de violencia política de género, es necesario demostrar patrones sistemáticos de afectación o impactos negativos diferenciados hacia las mujeres, lo que en este caso no ocurrió.
