Por actos anticipados de campaña, el Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) impuso amonestación pública a la candidata Carolina Viggiano y al Partido Acción Nacional (PAN) por culpa in vigilando, debido a que su propaganda de precampaña continuó expuesta en distintos puntos aún cuando ya había concluido dicho periodo.
Durante sesión pública, el Tribunal Electoral resolvió la medianoche del jueves 7 de abril el procedimiento especial sancionador TEEH-PES-035/2022 promovido por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) contra actos atribuidos a Carolina Viggiano Austria y al PAN derivados del periodo de precampaña que comprendió del 2 de enero al 10 de febrero.
El magistrado Leodegario Hernández Cortez explicó que la oficialía general constató el 12 de marzo la existencia de la propaganda denunciada en cuatro de las ubicaciones señaladas dentro del municipio de Huejutla, aún cuando el periodo de precampañas concluyó el 10 de febrero.
La primera lona fue colocada en la entrada a la comunidad de Santa Catarina, la segunda en Coxhuaco, la tercera en Atalco y la cuarta en Tehuetlán, todas sobre la carretera federal México-Tampico y a favor de la ahora candidata de la coalición Va por Hidalgo integrada por PAN, Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).
Recordó que previamente el Instituto Estatal Electoral (IEEH) declaró procedente la adopción de medidas cautelares ordenando el retiro de las lonas correspondientes, por lo que el TEEH actualizó las infracciones denunciadas, ya que hasta el 12 de marzo la propaganda continuaba expuesta, es decir que no fue retirada en el periodo establecido por el instituto.
El magistrado señaló que lo anterior constituye actos anticipados de campaña, ya que se acreditan los elementos temporal, personal y subjetivo; no obstante, la magistrada presidenta Amparo Martínez Lechuga se pronunció por la inexistencia de la infracción denunciada.
Sin embargo, la resolución fue por mayoría de votos, con dos a favor y uno en contra, por lo que se resolvió como existentes las infracciones denunciadas y se impuso a las partes denunciadas Alma Carolina Viggiano Austria y al PAN por culpa in vigilando una amonestación pública de acuerdo con el artículo 312 del Código Electoral.
