El Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) sancionó al presidente municipal de Tenango de Doria, Erick Mendoza Hernández, con una amonestación pública por acudir al arranque de precampaña de Julio Menchaca Salazar con militantes de Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
Durante sesión pública virtual el órgano jurisdiccional resolvió los procesos especiales sancionadores con expedientes TEEH-PES-014/2022 y acumulado TEEH-PES-015/2022, promovidos por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), contra el senador César Cravioto, el dirigente nacional de Morena Mario Delgado, el precandidato Julio Menchaca y el alcalde de Tenango por distintas infracciones.
El magistrado Leodegario Hernández Cortés detalló que las infracciones denunciadas derivan del evento celebrado el 11 de enero en un auditorio ubicado en la cabecera municipal de Tenango de Doria con motivo del arranque de la precampaña de Morena, en el cual, a decir de los inconformes, se cometieron violaciones.
Los denunciantes señalaron violación al principio de imparcialidad y neutralidad por la asistencia del presidente municipal Erick Mendoza Hernández, Cesar Cravioto Romero y Julio Menchaca Salazar, ambos senadores, en su carácter de servidores públicos en días y horas hábiles; además, se acusó de uso de programas sociales con fines electorales y actos anticipados de campaña.
Para el caso del alcalde sí existió infracción consistente en vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, por lo cual se le impuso a Erick Mendoza Hernández una amonestación pública de conformidad con el artículo 312 fracción novena inciso A del Código Electoral. En el caso de Julio Menchaca y César Cravioto declararon inexistente la infracción.
SOLICITUD DE PERMISO INVÁLIDA
El magistrado precisó que el presidente municipal presentó una solicitud de permiso suscrito por la síndica del ayuntamiento y encargada de recursos humanos, la cual, dijo, carece de legalidad porque fue emitida por autoridad que no cuenta con facultades para hacerlo, ya que es el ayuntamiento el que tiene esa competencia de conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica municipal.
Además, “la sola asistencia del presidente municipal al evento es suficiente para actualizar un uso indebido de recursos públicos, que dada la naturaleza del cargo realiza actividades permanentes y por ende tiene restringida la posibilidad de acudir a eventos proselitistas en días hábiles con independencia del horario y de haber solicitado o no licencia”, explicó.
Respecto a las otras quejas, el TEEH resolvió como inexistente la conducta denunciada relativa al uso de programas sociales atribuido al dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, y sin existencia de actos anticipados de campaña atribuidos también a Delgado Carrillo y Cravioto Romero.
