La bancada de Morena en el Congreso de Hidalgo propuso la revocación de mandato en gobernador, diputados y alcaldes de los 84 ayuntamientos del estado, a través de solicitudes que deberán ingresar los ciudadanos a la Legislatura.

La iniciativa con proyecto de decreto reforma nueve artículos de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.

Para que la revocación del mandato sea vinculante en los órdenes de gobierno enunciados, tendrá que participar el 40 por ciento de los inscritos en el listado nominal de Hidalgo.

Dicha propuesta fue emitida en sesión ordinaria del Congreso local por los diputados Armando Quintanar Trejo, Lucero Ambrosio Cruz y Susana Ángeles Quezada.

REVOCACIÓN DE DIPUTADOS

La modificación del artículo 36 de la Constitución, dictamina que la revocación de mandato de diputados locales será el día de la elección de ayuntamientos o gobernador, según corresponda.

Previo a la consulta, se requiere una solicitud de revocación ante el Congreso de Hidalgo de al menos el 10 por ciento de los inscritos en la lista nominal.

Los diputados podrán impugnar los resultados ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH).

No obstante, si la revocación es válida tendrán que dejar sus funciones en 60 días naturales para que el legislador suplente tome posesión del cargo.

De acuerdo con la modificación del artículo 61, será competencia del Congreso local designar un “gobernador sustituto” en caso de que el 40 por ciento del listado nominal pida que el titular del Ejecutivo deje el cargo.

El mandato de revocación para gobernador se realizará con la solicitud de al menos el 15 por ciento de los electores “o por la mayoría calificada del total de diputados”.

PARA LA REVOCACIÓN DE AYUNTAMIENTO

En el caso de la consulta ciudadana para la revocación de ayuntamientos, se modificó el artículo 127 de la Constitución estatal.

Al igual que en el caso de diputados y gobernador, los alcaldes podrán impugnar ante el TEEH en un plazo no mayor a 30 días naturales.

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