Augusto Hernández Abogado, consejero del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Hidalgo, señaló que el proceso para despintar propaganda de partidos políticos en bardas de los 84 ayuntamientos podría demorar hasta 90 días luego del requerimiento.

El consejero, también integrante de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, dio a conocer que durante la tercera semana de agosto inició la petición a los municipios para reportar la promoción de candidatos y partidos.

Sin embargo, explicó que el proceso de notificación a los 84 ayuntamientos podría demorar hasta un mes y medio; a su vez, los municipios tardarán aproximadamente 90 días en atender el requerimiento para despintar bardas.  

Hernández Abogado explicó que el IEE, “a diferencia de otras entidades federativas, no cuenta con organismos desconcentrados de vigencia permanente”; es decir, no hay oficinas del Instituto Electoral en los municipios que agilicen el proceso de notificación.

PROCESO DE REQUERIMIENTO DE IEE

El consejero Augusto Hernández señaló que, de acuerdo con el Código Electoral de Hidalgo, los 84 ayuntamientos del estado son ‘autoridades auxiliares’, quienes en un primer momento deben realizar la supervisión y reporte de bardas que se encuentren pintadas.

Posteriormente, los partidos políticos deben de dar blanqueamiento a las paredes y en caso de que no se cumpla, la propaganda tendría que ser pintada con cargo al partido que no acote al requerimiento.

Agregó que el IEE aún está en la etapa de notificación a los ayuntamientos. Sin embargo, puntualizó que “cualquier persona puede hacer un aviso, una especie de denuncia por cualquier medio, incluso por las redes sociales para identificar estas bardas y dar cumplimiento a lo previsto por el código”.

DOS TIPOS DE SANCIONES POR PROPAGANDA EN BARDAS

Las sanciones por propaganda electoral en bardas pueden ser resarcidas con cargo a los partidos políticos o a través de una sanción con procedimiento ordinario dentro del IEE, señaló Augusto Abogado.

El consejero subrayó que en montos económicos de sanciones no hay estimaciones, al argumentar que depende de la región y las particularidades del asunto.

Sin embargo, especificó que la sanción por blanquear las bardas con pintas que no fueron retiradas a tiempo, se realiza con un “procedimiento de cobro coactivo”, es decir, se les retiene dinero de su prerrogativa a los partidos.

O bien, un procedimiento ordinario dentro del IEE, que sería atenido de acuerdo “a la gravedad, incidencia o resistencia que se pudiera poner por parte de los partidos políticos”, finalizó.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *