En Guanajuato hay 6 mil 490 personas privadas de la libertad, 2 mil 423 no tienen una sentencia y de estas al menos una de cada dos están en prisión preventiva oficiosa. Foto: Agencia Reforma

Guanajuato.- La reforma al artículo 19 de la Constitución que amplía el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa a ilícitos como la extorsión, la emisión de falsos comprobantes fiscales y los crímenes vinculados a la producción y venta de fentanilo, es regresiva y perjudicial además de que transgrede recomendaciones internacionales, afirmaron abogados, jueces y magistrados consultados por AM.

A favor de la reforma, el diputado David Martínez Mendizábal, coordinador de los diputados locales de Morena, dijo que para llegar a este cambio hubo una consulta amplia en todo el país, incluso con gobernadores del PAN así como con presidentes municipales de todos los partidos.

“Los legisladores del PAN dicen que es un capricho de Morena pero no es así. La gravedad del problema: la extorsión, el feminicidio, requieren nuevos instrumentos jurídicos. Sí implica un riesgo, no dejamos de observar que es una cuestión riesgosa pero es necesaria”, expresó el morenista. 

En su edición vespertina del 31 de diciembre, el Diario Oficial de la Federación publicó los últimos cambios a la Constitución, para  consumar la ampliación del catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa, reforma que originalmente impulsó el expresidente Andrés Manuel López Obrador pero que no tenía la mayoría de congresistas, hasta la llegada del segundo piso de la 4T.

Condenado por Corte Interamericana 

El exmagistrado Ariel Alberto Rojas Caballero, dijo que la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que priva a las personas de la libertad mientras se lleva a cabo el proceso penal acusatorio, sin que haya una sentencia.

Lo grave de esto es que México ya ha sido condenado en dos ocasiones por la Corte Interamericana por mantener esta figura de la prisión preventiva oficiosa, porque sin que haya una prueba plena de la culpabilidad de una persona, se le está privando de su libertad”, advirtió.

El exmagistrado Ariel Alberto Rojas Caballero. Foto: Especial 

Agregó que el estándar internacional que marca la Corte Interamericana establece que para generarse una prisión preventiva justificada, el Ministerio Público debe acreditar ante el juez que la persona imputada genera un riesgo a las víctimas, el riesgo de evasión; o sea, un grave riesgo para la sociedad.

Amarran interpretación de jueces

El juez Cuarto de Distrito en el estado, Ulises Fuentes Rodríguez, evidenció que la reforma constitucional amarra de manos a los jueces, para que no puedan interpretar la Constitución, algún tratado o sentencia internacional, para que el procesado pueda obtener su libertad. 

La reforma cita que para su aplicación, los órganos de Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga, que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.

El juez Cuarto de Distrito en el estado, Ulises Fuentes Rodríguez. Foto: Especial

Es decir, se van a la cárcel durante todo el tiempo que dure el proceso hasta que se dicte sentencia, pueden pasar años; incluso, si en esta se dicta absolutoria, el procesado ya habrá perdido años de su vida en la cárcel habiendo sido inocente” y remató que “son medidas de un estado autoritario o dictadura”. 

Puntualizó que cuando el gobierno quiera perseguir a alguien con fines políticos podrá inventar o fabricar pruebas para que esté encerrado durante todo el proceso penal.

Prevé aumenten personas encarceladas

En opinión del abogado constitucionalista Martín Ortiz García, es previsible que aumente el número de personas que estén en prisión sin haber tenido una sentencia condenatoria, incluso sin haber siquiera tenido una audiencia de juicio oral.

“Claro que un aumento de personas en prisión genera un estrés en las cárceles y el costo que tendrá para el estado. Saber con precisión en cuánto aumentará la población carcelaria es difícil pero desde luego que mientras mayor número de personas estén en prisión, mayores problemas y costos para la administración de los centros penitenciarios, eso es indiscutible”.

El abogado constitucionalista Martín Ortiz García. Foto: Especial 

AM solicitó una opinión del Gobierno del estado, sobre el riesgo de que aumente la población penitenciaria y si están preparados para ello, para hasta el cierre de esta edición no se obtuvo respuesta.

Adiós a la presunción de inocencia

El abogado constitucionalista Martín Ortiz García enfatizó que la reforma al artículo 19 de la Constitución es violatoria de los derechos humanos.

“La presunción de inocencia implica que las personas sean tratadas inocentes hasta el momento que haya una sentencia condenatoria, pero acá, con la nueva reforma, en la prisión preventiva la persona es tratada como culpable antes de que haya una sentencia, lo que es violatorio totalmente de los derechos humanos”, explicó.

Agregó que independientemente de los problemas que se generen en los centros de reclusión, hay un problema de fondo porque la prisión preventiva oficiosa es violatoria del principio de presunción de inocencia.

“Van a estar muchas personas en prisión que posiblemente no sean culpables del delito que se les acuse y bastará con una sola imputación por parte del Ministerio Público, para que sea acogida por el juez y dictar el auto de vinculación a proceso para que la persona en automático quede sujeta a prisión preventiva”, comentó.

Dijo que la persona imputada ya tendrá que defenderse encarcelada, por lo que ahí está la violación al principio de presunción de inocencia. 

Basta con datos de pruebas

El exmagistrado Ariel Alberto Rojas citó que pese a que hay ya dos sentencias de la Corte Interamericana contra México: la del caso Tzompaxtle Tecpile del 7 de noviembre de 2022 y la del caso García Rodríguez y otros del 25 de enero de 2023, el Estado Mexicano hace más grave la situación ampliando el catálogo a muchos delitos.

Esto puede ser muy grave, porque con el nuevo sistema penal acusatorio, basta que haya datos de pruebas para que a una persona se le dicte esta medida cautelar y esté privada de su libertad”, dijo.

El juez penal del Poder Judicial local, Hernán Berdón Juárez, dijo que, en la práctica, los imputados volverán a estar en prisión con tan solo ser vinculados a proceso, esto es, estar en la cárcel aun cuando no exista una sentencia condenatoria.
“Regresamos a como era antes, transgrediendo el principio de presunción de inocencia”, enfatizó.

El juez penal del Poder Judicial local, Hernán Berdón Juárez. Foto: Especial 

La tenencia de armas

Rubén Yair Caballero Filio, juez de Justicia Penal Federal, puntualizó que la reforma se trata de una regresión en materia de derechos humanos.

Citó que la cantidad de personas que se procesan en los órganos jurisdiccionales federales relacionados con la tenencia de armas, que en muchas ocasiones no se trata de una tenencia violenta, sino por la aportación de un arma de un calibre especial, que no están relacionadas con delincuencia organizada sino con personas que consiguen estas armas para la protección de sus hogares, los llevaría enfrentar el procedimiento en prisión, cuando existía la posibilidad de un procedimiento abreviado que no implique cárcel.

Esto va a elevar el número de personas que van a estar llenando las cárceles aunque sea de manera transitoria y también eleva los riesgos de contaminación penitenciaria, que implica que alguien ajeno al mundo de las prisión, se tenga que involucrar en ello”, dijo.

Rubén Yair Caballero Filio, juez de Justicia Penal Federal. Foto: Especial

Apuntó que al momento esta es la norma que está generando vigencia y falta ver la forma que se va a aplicar por parte de los órganos del estado. 

Concretamente en este circuito había una disposición por parte de los tribunales colegiados, para que se analizara de manera específica en cada caso la medida de prisión preventiva a través de la justificación”, acotó.

Cristina Guzmán Ornelas, jueza décima de Distrito en Guanajuato, enfatizó que la reforma se visualiza como darle un trato de culpable al imputado de manera anticipada.

Dijo que el Estado Mexicano debe acatar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para hacer las adecuaciones normativas que sean necesarias, para que la prisión preventiva no exista más en el sistema jurídico mexicano, para su imposición de manera oficiosa.

“Una cosa es la prisión preventiva oficiosa y otra cosa es la prisión preventiva justificada, la que se ha declarado inconvencional es la oficiosa, sin un análisis de parte del juez y un análisis de ponderación”, apuntó.

Cristina Guzmán Ornelas, jueza décima de Distrito en Guanajuato. Foto: Especial

Faltaba mano fuerte

El diputado de Morena, David Martínez Mendizábal, insistió en que esta reforma es adecuada porque debía existir una mano fuerte en contra de delitos que tenían mucho tiempo sin atacarse adecuadamente.

Hubo gobernadores del PAN, quiero recalcar este asunto porque aquí los del PAN como que no escucharon a su gobernadora tampoco. Si la gobernadora estuvo de acuerdo, ellos votaron en contra, entonces ya no entiende uno. Como que ven dos realidades, cuando es grave la situación”, dijo.

Añadió que no se trata de decir que es prisión preventiva oficiosa, porque existe un procedimiento previo que evite que liberen a personas que tienen un proceso iniciado, justificado.
Mencionó que Morena ve la reforma como una medida necesaria, escuchando a la ciudadanía que sufre de la extorsión y del pago de derecho de piso.

VIVA VOZ

“Me parece una actitud de frontal desacato que durante la administración pasada, y durante esta administración no solamente se haya incumplido con la sentencia de adecuar el ordenamiento jurídico para extinguir esa posibilidad de imponer la prisión preventiva de manera oficiosa, sino que más allá que no ha cumplido, el estado mexicano ha ampliado el catálogo de delitos por los cuales se puede de manera automática mantener en prisión a una persona sin tener una sentencia definitiva”.

Cristina Guzmán Ornelas, Juez Décimo de Distrito en Guanajuato

“Es muy lamentable lo que está haciendo este gobierno. Eso afecta a todo el país. El incremento de la prisión preventiva oficiosa no baja el índice de criminalidad y representa un desacato a lo ordenado por la corte interamericana. Va a causar muchas injusticias porque se le puede fabricar al ciudadano un hecho delictivo, sin que éste pueda gozar de su libertad, mientras esté siendo procesado”.

Ulises Fuentes Rodríguez, Juez IV de Distrito en el Estado

“La mayoría de los jueces locales ya no aplicábamos la prisión preventiva oficiosa ya que realizábamos una interpretación a la luz de las resoluciones de la Corte Interamericana en la que consideran que la prisión preventiva oficiosa resulta inconvencional y bajo ese argumento se podría imponer la prisión u otras medidas siempre que la justificara el Ministerio Público. Ahora es claro que esta reforma ya no podremos hacer esto y se debe aplicar de facto en los delitos que ahí se mencionan”. 

Hernán Berdón Juárez, Juez Penal de Partido

“Ya se veía venir, ya lo habían adelantado de manera previa. Desde mi punto de vista personal, esta cuestión de la literalidad y la prohibición de alguna interpretación distinta modifica las reglas del fuego, será ya materia de aplicación de los tribunales qué tanto puede o no hacerse una interpretación distinta. Ahora se pone un candado porque limita la intervención de los jueces para imponer alguna con una cuestión con independencia del alcance que esto pudiera tener en cada caso”.

Rubén Yair Caballero Filio, Juez de Justicia Penal Federal

“A los jueces los están limitando a que se apliquen esta norma, es un gravísimo retroceso en materia de derechos humanos de nuestro país, genera la responsabilidad internacional del Estado Mexicano, saturará las cárceles de personas que no se ha probado su culpabilidad probablemente inocentes”.

Ariel Alberto Rojas, Exmagistrado

Lo que dijo Claudia Sheinbaum

En la conferencia de prensa mañanera de este jueves 2 de diciembre, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, defendió la reforma al artículo 19 de la Constitución en materia de prisión preventiva oficiosa, incluyendo el delito de fabricación, comercialización, transportación, importación y exportación de drogas sintéticas, como el fentanilo.

Afirmó que la estrategia contra el tráfico de drogas se basa en pilares como tener un marco normativo y otro tecnológico que establece la creación del Sistema Integral de Sustancias que ayudará a realizar el control, registro y autorizaciones en materia de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y productos que los contengan, así como a productos químicos esenciales y precursores químicos, que tiene como objetivo coadyuvar en materia de salud y de seguridad.

Actualmente, esta plataforma, el SISUS, cuenta con un registro de 201 personas morales, 348 establecimientos, 198 representantes legales y 189 responsables sanitarios. Y, a partir de febrero del presente año, esta plataforma estará disponible también para la industria regulada.

Otro pilar de esta estrategia es lo referente a las Acciones Operativas, a través de las cuales la Unidad de Inteligencia Naval de la Secretaría de Marina en coordinación con la Cofepris, realizan visitas de verificación a establecimientos que distribuyen o almacenan este tipo de productos. 

Delitos que contempla la prisión preventiva oficiosa

  • Abuso o violencia sexual contra menores
  • Delincuencia organizada
  • Extorsión
  • Producción y tráfico de fentanilo
  • Homicidio doloso
  • Feminicidio
  • Violación
  • Secuestro
  • Trata de personas
  • Robo de casa habitación
  • Uso de programas sociales con fines electorales
  • Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones
  • Robo al transporte 
  • Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
  • Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
  • Cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales

Cuántos en prisión en Guanajuato 

En Guanajuato hay 6 mil 490 personas privadas de la libertad, 2 mil 423 no tienen una sentencia y de estas al menos una de cada dos están en prisión preventiva oficiosa, es decir, recluidas sin habérseles comprobado su culpabilidad, así lo revela el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2024 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

HLL

 

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