La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prisión preventiva para los delitos de defraudación fiscal y emisión de facturas falsas. Una reforma que habían aprobado tanto la Cámara de Diputados como el Senado de la República.
La acción de la SCJN no significa que tales delitos no tengan sanciones, sino que estos no representan “una amenaza para la seguridad Nacional”, ni son equiparables a la delincuencia organizada, entendiéndola como grupos criminales o cárteles, principalmente del narcotráfico.
La decisión de la Corte no fue unánime, sino por mayoría, lo que nos dice que la propuesta del Poder Legislativo fue discutida y finalmente determinada por los ministros.
Sí hay prisión preventiva en los casos en que los montos de defraudación superen los ocho millones 695 mil pesos y en los supuestos en que los señalados tengan la posibilidad de destruir las pruebas.
En un Estado constitucional de derecho, es posible lo que estamos presenciando porque existe una instancia o institución que vela por el respeto a nuestra Carta Magna, aun por encima de propuestas del Poder Ejecutivo y determinaciones del Legislativo.
A lo que más se llegó en contraparte de la determinación de la Suprema Corte, fue a la inconformidad de los legisladores y del Presidente de la República. Aunque tienen la posibilidad de emitir recursos de inconformidad.
Este tema trae a colación la noticia del pago por casi un millón de pesos por parte de la Administración municipal de Héctor López Santillana, hacia una facturera, a pesar de que esta estaba boletinada por Hacienda.
El ex Director de Comunicación Social, Jorge Hernández Cano, contrató y firmó el pago de 980 mil pesos a Fermal Diseño y Publicidad, “empresa” fichada por el Servicio de Administración Tributaria por realizar operaciones inexistentes, en este caso, para “desarrollar la imagen corporativa del gobierno de López Santillana”.
La reciente determinación de la SCJN sobre la defraudación fiscal y a los traficantes de facturas falsas o empresas fantasma, solo libera de prisión preventiva a los implicados (empresa y cliente), pero no los exime de sanción penal o administrativa.
Por lo menos, la actual Alcaldesa, Alejandra Gutiérrez, señaló que en este caso no hay inconveniente en que se hagan las revisiones necesarias y que si hay delito, no se va a tapar a nadie.
A más de perseguir a la facturera, deberá sancionarse a los funcionarios que incurrieron en esta acción, por las razones que fuere, dígase a los encargados de Comunicación Social, Tesorería e incluso a la Contraloría, que está para revisar todos los contratos de servicios y productos, y verificar la lista negra de las factureras y empresas fachada.
Las reformas que pasaron sin problema como parte del Miscelánea Fiscal fueron la obligatoriedad del registro ante el SAT a partir de los 18 años de edad y la prisión a contadores públicos y auditores que incurran en encubrimiento de delitos fiscales, contemplado ahora en el artículo 96 del Código Fiscal de la Federación.
El tema que aún causa desconcierto en la sociedad es el de las limitantes para las empresas, asociaciones civiles o personas físicas, que realicen donativos el próximo año.
Hoy, las personas físicas pueden deducir gastos con un límite de 163 mil pesos, como gastos médicos, funerarios, hipotecas, colegiaturas, donaciones a organizaciones civiles y aportaciones al fondo de ahorro para el retiro por un total de 32% del ingreso total.
Sin embargo, las donaciones tienen una motivación que va más allá del simple hecho de deducir impuestos, tienen que ver con un sentimiento de solidaridad con alguna causa noble.
Lo que se propone para el año entrante lo que se propone para la Ley del Impuesto sobre la Renta es que se reduzca esa bolsa y que las personas físicas puedan deducir hasta el 15% del total de sus ingresos.
Las personas físicas tendrían menos margen de deducción de impuestos por lo que deberán decidir en qué tipo de gastos harán esas deducciones, posiblemente dejando de lado las donaciones altruistas.
Solo de las asociaciones civiles de apoyos a la sociedad en distintos temas, se tiene un registro de 9 mil 500 en el SAT. La mitad de estas estarían en riesgo de desaparecer. Además, hay una estimación de que otras 60 mil no están en registro del SAT.
A más de evitar los fraudes fiscales por parte de empresas macros que simulan filantropía para deducir grandes cantidades de gastos, se debe permitir el apoyo a instituciones de ayuda social.
Luego de que la SCJN determinara inconstitucional lo relativo a la prisión preventiva en la defraudación fiscal y emisión de facturas falsas, es posible que otros actores de la vida económica del País puedan promover recursos de inconstitucionalidad o pedir amparos ante los tribunales.
Dependerá de ministros y jueces ver en qué temas es posible obsequiar las peticiones de las personas físicas o morales y en qué temas no.
