Los diputados locales del PAN presentaron una iniciativa con el fin de incluir el delito de desaparición forzada de personas a través de una reforma a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales.
Planteó que la definición de este delito sea: “Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que, independientemente de que haya participado o no en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento, sin importar el tiempo que dure.
“Este delito será sancionado con prisión de 30 a 40 años y de 1,000 a 2,000 días de multa, y con la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro en forma definitiva”.
Al particular que colabore en la comisión del delito de desaparición forzada de personas, se le impondrá de 20 a 40 años de prisión y de 200 a 400 días de multa.
Si se pone espontáneamente en libertad a la víctima, dentro de las 24 horas de haberla detenido, la pena privativa de la libertad será de uno a cinco años de prisión y la multa de 10 a 50 días.
Plantearon que este delito se considere grave, lo que significa que quien lo cometa, deberá seguir el proceso privado de su libertad.
En la exposición de motivos mencionaron que Guanajuato no tiene regulado el delito, de ahí que consideran oportuna su creación, para estar acorde con la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que demandan su regulación federal y a nivel local.
