A partir de julio los patrones deberán aplicar la modificación que se hizo al artículo 29 de la Ley del Infonavit, relacionado con los descuentos a los trabajadores.
David Lozada Martínez, consultor de nóminas e impuestos en Worky, maestro en fiscal y especialista en nóminas, detalló que en febrero del año pasado se publicó una reforma a este artículo.
Explicó que la propuesta impacta en la amortización, ahora, no se deben suspender los descuentos aunque haya faltas, o incapacidades. ¡No se debe suspender, es cobrar por completo!.

Recordó que el pasado 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación dicha reforma y el 15 de mayo se publica en dicho Diario, la prórroga a la reforma para entrar en vigor la próxima semana, es decir, a partir del 1 de julio, con el inicio del cuarto bimestre (julio-agosto) para la aplicación de la nueva regla.

“La fracción tercera es donde se establece la obligación de retener de la nómina, de los salarios, la parte de la amortización del crédito, de los trabajadores que tengan un crédito con el instituto”.
Señaló que antes de la reforma estos descuentos se suspendían, es decir, dejábamos de calcular la cantidad que correspondía a esos días por ausentismo, faltas no pagadas y por incapacidad.
“El trasfondo de esta reforma es que quieren utilizar los más de 2 billones -con 12 ceros- de pesos, del fondo de vivienda no se han dispuesto”.
También sabemos que el Infonavit tiene cartera vencida más del 10% de toda su cartera, por los trabajadores que han dejado de pagar. Quieren disminuir la posibilidad de mayor cartera vencida con un mayor descuento vía nóminas al no suspender la amortización por los días de faltas o que estén en incapacidad.

A los trabajadores que ganan el salario mínimo, el tope de descuento es del 20 % de su salario, el cuál se tendrá que respetar ese 20 % y en caso de diferencias, se deberá presentar aclaraciones en el portal empresarial del INFONAVIT para justificar la diferencia, y con eso se solventará.
También se podrá retener rentas que el Infonavit haya contratado con el trabajador, el plan del INFONAVIT es que el trabajador pueda rentar primeramente una casa para posteriormente tramitar la comprar a través de los mecanismos que hoy en día dicho instituto opera. Para el caso de la renta se contempla un tope del descuento del 30%.
No obstante, para quienes ganan más del salario mínimo no hay tope a los descuentos.
A pesar de la modificación, el especialista señaló que el sistema SUA (Sistema Único de Autodeterminación) no estaba actualizado en el momento del evento, pero horas más tarde el IMSS publicó la actualización en su portal con la versión 3.6.6. Este sistema es el que se usa para generar las líneas de captura y está recién actualizado, pero estamos en una etapa de transición. Lozada Martínez recomienda no actualizar dicho sistema hasta el mes de septiembre, porque si se usa para generar la línea de captura del tercer bimestre de 2025, estaría calculando los importes de las amortizaciones sin considerar las faltas e incapacidades, cuando durante dicho período aún se debe aplicar la ley antes de la reforma, por lo tanto, recomienda que se use la versión 3.6.5 para generar las líneas de captura para el pago de las aportaciones y amortizaciones al INFONAVIT del tercer bimestre de 2025 (mayo-junio) y después de haber pagado ese bimestre, entonces sí realizar la actualización a la versión 3.6.6.
Una vez entrado en vigor la reforma, se tendrán casos en donde no se pudo descontar el importe completo de las amortización (por faltas e incapacidades), por lo que “con esta reforma tendremos que entrar al portal empresarial, al apartado de aclaraciones, para indicar que el descuento no se pudo realizar por la falta de pago de salarios por faltas o incapacidades, y como no alcanzó el salario, el patrón no tiene la obligación de pagar la diferencia no descontada”.

El especialista reconoció que han sufrido ante la falta de comunicación oportuna por parte de la autoridad, en la actualización y su aplicación en el portal del Instituto. En este sentido consideró que la autoridad se está preparando, pero de forma lenta, en el desarrollo de los mecanismos para la aplicación de la reforma, solo falta la implementación.
Señaló que el INFONAVIT ha utilizado los correos electrónicos para informar a los patrones de diversos asuntos importantes, entonces su recomendación es que tengan el correo correcto registrado en el portal empresarial para estar al pendiente de cualquier aviso, porque mucha información importante viene en lo que mandan por correo.
Explicó que en Worky frecuentemente están realizando eventos informativos tipo webinars, con el objetivo de informar. No solamente hablamos de las cuestiones técnicas del sistema, sino de cuestiones más normativas, para ello están publicando boletines, que se llama “El Club del Nominista”. “Cada dos semanas estamos enviando información de temas relevantes y avances de cómo va, por ejemplo, esta temática”. Explicó que para suscribirse a este boletín es necesario registrarse en la página para recibir la información.
La información fue compartida por Worky, en un desayuno realizado en las instalaciones de este medio de comunicación el pasado 25 de junio.

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