Por vulnerar el interés superior del menor, el Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) amonestó públicamente a Julio Menchaca y a Morena por “culpa in vigilando”, tras difundir un video de propaganda electoral en el que aparecen menores de edad sin difuminar sus rostros y no contar con permisos de los tutores.
Durante sesión pública, el viernes 29 de abril el pleno del Tribunal resolvió el procedimiento especial sancionador con expediente TEEH-PES-048/2022 promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra actos atribuidos a Menchaca y Movimiento Regeneración Nacional (Morena) por responsabilidad administrativa.
La magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga dijo que la denuncia derivó de propaganda electoral publicada en la red social Facebook que incluía aparición de menores de edad sin difuminar sus rostros o contar con los permisos correspondientes, lo cual vulnera el interés superior del menor.
El TEEH declaró la existencia de la violación denunciada, ya que acreditó tres videos y una imagen en los cuales aparecían menores de edad, publicada en un perfil de Facebook a nombre de Julio Menchaca, quien manifestó ser el titular de la cuenta y aceptó la difusión de propaganda denunciada con la aparición de menores.
Según la magistrada, en su defensa el candidato alegó que las imágenes contenidas en las publicaciones contaban con los permisos necesarios para su difusión y utilización en un video de creación filmográfica, ya que habían sido obtenidas de una plataforma de licencia de imágenes. Sin embargo, no contó con la autorización de los tutores y tampoco se difuminaron las imágenes.
“El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió lineamientos a efecto de proteger los derechos de las y los niños y adolescentes que aparezcan de manera directa o indirecta en propaganda de carácter político electoral, es decir, respecto a la aparición de menores en materia electoral se cuenta con un instrumento que permite tutelar el interés superior del menor como grupo vulnerable”, explicó.
Al acreditarse la vulneración del interés superior del menor, el TEEH declaró la existencia de la infracción atribuida a Menchaca Salazar y a Morena, por lo que se les impuso amonestación pública, ya que el partido político es administrativamente responsable al contravenir la normativa electoral.
