Interesantes las discusiones que están en boga en la Cámara de Diputados Federal, pues diputadas de acción nacional (PAN), acusan a sus homólogas del movimiento de regeneración nacional (MORENA), de intentar un “albazo” en materia de aborto.
Mucho se ha discutido con relación a este tema y mucho falta aún por discutir, puesto que aún en el sector de las mujeres, no hay acuerdos, respecto de la salud reproductiva de estas.
Hoy no te voy a compartir argumentos a favor o en contra del aborto, puesto que el espacio de esta columna no sería siquiera suficiente para tocar el tema, sino la discusión que hoy tiene confrontadas a las legisladoras.
A diferencia de Argentina, en México resulta un tabú expresarse sobre el tema, pues con independencia a quien alegue el derecho a la vida del no nato, o el derecho sobre su cuerpo, con relación a la mujer, pareciera que las partes que defienden cada una su postura, están confrontadas a muerte, y esto poco abona en la discusión legislativa.
Ante la falta de acuerdos, y quizá de manera inteligente, la fracción de MORENA encontró otro término para intentar legislar y atender un derecho, que a su decir, debe y es, decisión de la mujer sobre su cuerpo; en este sentido, modificó la palabra aborto, por el concepto “autonomía reproductiva”.
La reacción en cadena, por parte de diputadas del PAN, no se hizo esperar, y atendiendo a su estilo e ideas, acusaron de “mentirosas” a las legisladoras contrarias, generando una polémica que ha calado en lo personal.
De inmediato llegó la respuesta, mucho más medida que la acusación, al expresar que el término aludido, no es nuevo, sino que lo ha utilizado la Suprema Corte de Justicia (SCJN), en la Tesis 37/2019, de la Primera Sala, según su dicho.
A un servidor le pareció interesante e innovador el término, por lo cual acudí, a efecto de aprendizaje, a la página de SCJN, en particular del Semanario Judicial de la Federación (http//sjf.scjn.pjf.gob.mx/sjfsem/paginas/semanarioIndex.aspx), encontrando el número de tesis aludida (1ª./J.37/2019 -10ª-).
Lo sorprendente fue que, al encontrar la misma, el título y contenido, no guardan relación con el tema expresado por las legisladoras de MORENA, sino que atiende a otra idea, por lo que hago cita textual: “Remate judicial. La escritura pública de adjudicación no constituye un requisito previo para que se ponga al adjudicatario en posesión del bien inmueble”.
Me agrada la idea de tener una visión distinta respecto del aborto y se vale e inclusive se debe discutir sobre la autonomía reproductiva, pero para evitar que sus adversarias políticas las califiquen de “tramposas”, deberán las legisladoras proponentes, estudiar y citar adecuadamente sus fuentes, de otra manera, quienes se exhiben son ellas, y peor aún, no se avanza sobre un tema que urge discutir y resolver.
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Por hoy me despido, esperando tus comentarios.
Hasta la próxima.
La opinión expresada en esta columna es responsabilidad de su autor (a) y no necesariamente representa la postura de AM Hidalgo.
