¿Alguna vez a usted le negaron un trámite porque solamente tenía copias y no los documentos originales? Pues ese fue el criterio para descartar la continuidad de las estancias infantiles en Hidalgo.
Un juez negó un amparo a dicho programa en el estado, con el argumento de que la persona responsable de una estancia infantil entregó copias de documentos sin certificación alguna y validez oficial.
Se trata del juicio 285/2019, resuelto el 17 de junio pasado por el juez cuarto de distrito, Miguel Ángel Villaseñor Reyes.
Interpuso el amparo María Adela Vázquez Galindo, quien, de acuerdo con el directorio de estancias infantiles, era responsable del establecimiento denominado Campanita, ubicado en San Lorenzo Sayula, localidad de Cuautepec.
Para demostrar interés jurídico, María Adela entregó copias de credencial de elector, identificación con registro federal de contribuyentes y el convenio de certificación firmado con la entonces Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol).
A su vez, proporcionó copia simple de placa de funcionamiento 2019 expedida por el actual ayuntamiento de Cuautepec, constancias de primeros auxilios, seguridad y respuesta ante emergencias, así como póliza de seguro.
Pero el juez consideró que las copias fotostáticas solo “generan simple presunción de la existencia de los documentos que reproducen”, es decir, no tienen validez alguna.
Como parte del expediente, disponible en el Consejo de la Judicatura Federal, María Adela argumentó que ya no recibirá subsidio para la operación de dicho establecimiento durante el actual año.
Agregó que la suspensión del recurso afectó a las mamás de los niños que se encuentran inscritos en el programa, ya que deben trabajar y no tienen tiempo para cuidar a sus hijos, por lo que también señaló violaciones a los derechos humanos.
Por tanto, se inconformó contra las reglas de operación del programa de apoyo para el bienestar de niñas, niños, hijos de madres trabajadoras para el ejercicio 2019 publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el cual sustituye a las estancias infantiles con la entrega directa del recurso.
Incluso, la Secretaría de Bienestar estimó que la “quejosa carece de interés jurídico”, ya que no demostró que tal ordenamiento publicado por el nuevo gobierno federal afecte de “manera real y actual su esfera jurídica”.
OTROS AMPAROS
También fue descartado el amparo interpuesto por Jeimy Fabiola Martínez Miranda, responsable de la estancia infantil ubicada en Atitalaquia, luego que un juez consideró “ocioso conceder la protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, ya que no podrían concretarse los efectos de esa concesión”.
