Dentro del documento de la Ley de Movilidad y Transporte, que recientemente se reformó, la prioridad es el peatón, de acuerdo con su artículo 26 para el establecimiento de la política pública en materia de movilidad.
De acuerdo con la nueva Ley, el peatón es considerado con mayor sensibilidad en el nivel de vulnerabilidad de los usuarios y las externalidades que genera cada medio de transporte.
Por esa razón, la normatividad le otorga prioridad en el uso del espacio público, según lo establecido en el título cuarto del Sistema de Movilidad, en el artículo 26.
Lo detallado por la pirámide, el lugar número uno lo ocupan los peatones, con prioridad a personas con discapacidad y con movilidad limitada; en segundo lugar la preferencia es para ciclistas; en tercero los usuarios de transporte público de pasajeros; en cuarto, permisionarios del servicio de transporte de carga; mientras que en quito sitio se ubican los usuarios de transporte particular.
Lo anterior es una de las principales “innovaciones” de la Ley de Movilidad y Transporte recién autorizada, según comentó el titular de la Secretaria de Movilidad, José Luis Guevara.
Lo anterior va acompañado de una estrategia de movilidad en su artículo 28, que habla del desarrollo ordenado para garantizar un uso eficiente del espacio público a través del impulso de programas de calles seguras, funcionales, accesibles y cómodas a los usuarios.
Con la aprobación de la Ley de Movilidad y Transporte se comenzarán a diseñar las políticas públicas necesarias para implementar lo señalado en la Ley.
