Dentro del Sistema de Justicia Acusatorio Adversarial existen fases dentro del proceso penal, como lo es la etapa inicial y la etapa intermedia, dentro de estas el Juez de Control es el encargado en la primera de determinar si la detención ha sido legal; las partes estando presentes son conocedoras de sus derechos fundamentales como víctima e imputado, de la misma manera se le informa al imputado los hechos por los cuales se le sigue una investigación o un proceso penal por un determinado hecho y por lo cual la Fiscalía tiene elementos para acreditar su probable responsabilidad, los principios que rigen el sistema deben prevalecer, entre ellos la publicidad, inmediación, concentración, presunción de inocencia, contradicción entre otros con el fin de ser efectivos para cada caso.
Luego de que una persona quede vinculada a proceso penal, el Juez de Control tiene que tomar decisiones fundamentales, como lo es el acceder o no a las medidas cautelares que solicite la fiscalía y a la contra argumentación de la defensa.
Las medidas cautelares son aquellas obligaciones que el imputado, deberá cumplir, a fin de asegurar que no se sustraerá a la acción de justicia, no se obstaculizara el proceso y no se pondrá en riesgo a la víctima; estas se imponen mediante resolución judicial, previa audiencia; el objetivo de las mismas es que el imputado se presente a sus audiencias o posiblemente a un juicio oral, que no obstaculice el procedimiento y que no se altere o ponga en peligro o riesgo la prueba.
Estas son previstas en el artículo 155 en el Código Nacional de Procedimientos Penales
