Según datos del Centro de Estudios de Adopción, en el 2019, el número de niñas y niños sin cuidados familiares en el País puede estar cerca de los 33,000. El Pleno del Senado aprobó recientemente un dictamen que busca garantizar mayor protección a niñas, niños y adolescentes que se encuentran en desamparo familiar, particularmente aquellos en situación de abandono, exposición o institucionalización (condición de vivir en un albergue).

Esta es una buena noticia porque se reforma la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En México, a diferencia de otros países tenemos una legislación que complica todo: abrir una empresa, construir una casa, registrar una marca, obtener un uso de suelo, hacer un trámite aduanal, obtener un pasaporte. Todo es complicado en un diseño de País que supone a veces con razón-, que todo lo hacemos mal los mexicanos y que aprovechamos cualquier oportunidad para sacar provecho y transar. Pero un trámite de éstos que el Estado mexicano ha complicado -y de más-, es la adopción. Si bien es cierto que debido a los abusos a la niñez la legislación ha debido endurecerse, también es cierto que las condiciones sociales han cambiado por la crisis de nuestro modelo económico que genera grandes diferencias entre los ricos y los pobres.

Es una realidad que la niñez es el eslabón más débil junto la vejez para mostrar las fisuras del tejido social. La orfandad es una realidad lo mismo que el abandono. Las Casas Hogar en México no deberían existir; son un remedio parcial al problema. Unas creadas por particulares o por instituciones religiosas, pero no suplen a la familia. Los pequeños abandonados o en condición de ser adoptados, deberían desde el inicio de su proceso de adopción, vivir en hogares que cumplan con requisitos idóneos para acogerles, para protegerles, en tanto son adoptados por familias con certificados de idoneidad. Está comprobado en el mundo occidental que el seno familiar aún temporal, de una familia “de acogida”-, es mejor o menos malo, que una Casa Hogar.

La recién reformada ley federal y estatal como su espejo, han identificado que es necesario agilizar y transparentar los procesos de adopción pues cada vez es mayor el desbalance entre miles de parejas que buscan adoptar en relación con los cientos de pequeños que buscan ser adoptados. Las estadísticas de UNICEF y del DIF nacional muestran que el denominado “certificado de idoneidad” es difícil de lograr, pues es el certificado que permite que una pareja sea candidata a la adopción. Esos años que los pequeños esperan en “casas hogar”, pueden ser definitivos para la formación de su personalidad.

Por eso es que se estima que apenas el 10% de los pequeños que habitan en albergues, son susceptibles de ser adoptados, en tanto que el resto está en forma transitoria. Los programas de familias sustitutas temporales ayudan a que los chiquillos tengan periodos de apoyo en seno de las familias ya sean familiares biológicos o no, pero esto a condición de no entrar a procesos naturales de acercamiento con los pequeños dado que la familia receptora no puede ni podrá, adoptarlos.

En Guanajuato, la nueva ley de protección a la infancia agilizará los trámites. El DIF estatal hace valiosas aportaciones para atender a la niñez, pero no puede hacer milagros, pues la ley federal sigue siendo rígida y dura para procesos de adopción. A diferencia de países como la India o Vietnam o Siria, donde viven miles de pequeños que no tienen familia, en México el contexto tan distinto muestra una gran dificultad para lograr la adopción. Se requerirán nuevos esquemas, enorme generosidad de las familias, nuevas estrategias, presión social, redes de organizaciones civiles, que busquen que la legislación sea más sencilla y los pequeños que están en proceso de ser adoptados, puedan pasar temporadas, en “familias de acogida”.

La reforma legal del Senado establece que los pequeños en abandono o proceso de adopción, se incorporarían a una familia mediante un trámite de adopción rápido, seguro, eficaz y transparente. Para eso, se plantea la homologación de los requisitos y procedimientos administrativos. Aunado a ello, se establece que la autoridad competente emita su opinión para la expedición del certificado de idoneidad de la adopción en un plazo máximo de 45 días naturales. Pero la parte clave de esto, es tener más familias que estén dispuestas a dar lo mejor de su hogar para abrirlo a pequeños que temporalmente vivirán con ellos. Es indispensable, es urgente.

* Director de la Universidad Meridiano
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