Un juez federal emitió el primer requerimiento al Congreso de la Unión para cumplir la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, que ordena expedir una ley que reglamente el gasto del Gobierno en comunicación social y propaganda.
Agustín Tello Espíndola, juez Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa, notificó el 14 de diciembre el requerimiento a ambas cámaras del Congreso, e incluyó las advertencias sobre sanciones por desacato a las que se exponen las autoridades responsables.
El pasado 15 de noviembre, la Primera Sala de la Corte concedió un amparo en el que da al Congreso hasta el 30 de abril de 2018 para expedir la ley, que según un transitorio de la reforma Constitucional de febrero de 2014, tenía que haber estado publicada en abril de aquel año.
“Se requiere a las autoridades responsables Cámara de Diputados y Cámara de Senadores para que dentro del término de tres días remitan las constancias con las que acrediten que dieron cumplimiento al fallo protector, cuestión que implica: emitir una ley que regule el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución antes de que finalice el segundo periodo ordinario de sesiones del último año de la LXIII Legislatura, es decir, antes del 30 de abril de 2018”, acordó el juez.
“Apercibidas que de no hacerlo así se les impondrá multa por el equivalente a cien días de salario mínimo general; asimismo, se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para seguir el trámite de inejecución que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación”, agregó.
Corresponderá a la Comisión Permanente del Congreso informar al Juez que actualmente las Cámaras no están sesionando, lo que bastará para que por el momento no se les aplique la multa respectiva.
Si llegado el 30 de abril la ley no ha sido aprobada, el Poder Judicial iniciará un incidente de inejecución que puede culminar con la destitución y consignación penal de los Presidentes de ambas Cámaras.
Los actuales diputados y senadores terminarán su encargo el 31 de agosto de 2018, por lo que de no emitir la ley, heredarían el problema a los electos el primero de julio.
“Esta Primera Sala entiende que la falta de reglas claras y transparentes que establezcan los criterios con los cuales se asigna el gasto de comunicación social de las distintas instancias de gobierno —omisión atribuible al Congreso de la Unión— constituye un medio de restricción indirecta a la libertad de expresión”, afirmó la Corte en su sentencia.
“La ausencia de esta regulación propicia que la política de gasto en comunicación social canalice los recursos fiscales hacia medios afines a las posiciones del gobierno y niegue el acceso a esos recursos —o simplemente se amenace con restringirlo— a los medios de comunicación que son críticos con las políticas del gobierno”, agregó.
