Emiten decreto gubernamental en Guanajuato para reducir los montos de indemnizaciones en caso de fallecimiento de personas.
Simplificaron la fórmula para reducir el monto de 3 millones 700 mil pesos a 350 mil pesos por persona fallecida en accidentes, dijo Gerardo de Jesús Rocha González, de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
Se establecía una fórmula para las indemnizaciones en el Código Penal, en base a la Ley del Trabajo: el salario mínimo profesional más alto en la zona “B” que es de $183.61, por 4 ($734.44), y luego por 5 mil días, lo que daba 3 millones 672 mil 200 pesos, más 44 mil 66 pesos de los gastos funerarios, explicó el especial en Riesgos Civiles.
Ahora con el Decreto, se establece aplicar el salario mínimo general que en Guanajuato que es de $61.38 y aplicado directamente a los 5 mil días de salario, lo que da $306.900, más 44 mil 66 pesos. En total suman 350 mil 966 pesos.
“Esto es un gran beneficio para los asegurados. Se tuvo que dar marcha atrás a través de un decreto, lo que los diputados federales aprobaron al vapor”, dijo Rocha González.
Sin embargo este beneficio sólo es en Guanajuato, porque en otras entidades se sigue manteniendo el mismo criterio.
“Aquí el problema es que sólo en Guanajuato se redujo el monto por decreto, pero en otros estados se mantiene el criterio anterior, y no podemos decirle a un asegurado que no tenga un accidente en otro estado. Tenemos que ofrecerle un seguro que ampare el monto de los 3 millones 672 mil pesos por persona”, señala Aurora Castillo Hernández, vicepresidenta de la Asociación Mexicana de Agentes de Seguro y Fianzas (AMASFAC).
Subrayó la urgente necesidad de que el mismo criterio se aplique en todos los estados, cosa difícil, dado que cada Estado es autónomo.
Precisó que en San Luis Potosí, el monto de una indemnización es similar a Guanajuato, sin embargo en Nuevo León, Distrito Federal y Jalisco sigue siendo de 3 millones 700 mil con las modificaciones que se hicieron a la Ley del Trabajo que comenzaron a aplicarse el 1 de enero de 2013.
En Guanajuato se aplicaba el mismo criterio pero en base a sugerencia de las empresas aseguradoras, ante inconformidad de asegurados al incrementarse las primas de seguro, el gobernador Miguel Márquez emitió el decreto No. 58, dijo el presidente de AMASFAC, José Luis Ramírez Aguilar.
Precisó que el decreto No. 58 fue emitido por el gobernador Miguel Márquez Márquez, y publicado en el No. 37 del Diario Oficial de Guanajuato el 5 de marzo, segunda parte, y entró en vigor cuatro días después de su publicación: sábado 9 de marzo.
El decreto No. 58 fue dirigido a los diputados locales y establece reformas al artículo 99 del Código Penal del Estado de Guanajuato.
Quedó como sigue: “En caso de lesiones y homicidio, a falta de pruebas específicas respecto al daño causado, los jueces y tribunales tomarán como base mínima el salario mínimo general en el Estado al momento del hecho y las disposiciones que sobre riesgos de trabajo establezca la Ley Federal del Trabajo”.
Al no tomarse ya como base el salario profesional más alto de $183.61, sino el salario mínimo que es de $61.38, se redujo los montos de indemnizaciones, señaló Ramírez Aguilar.
En el decreto también se aplica una reforma al artículo 1405 del Código Civil para el estado de Guanajuato que queda como sigue:
“ (…) Para calcular la indemnización que corresponda se tomará como base el salario mínimo general vigente en la entidad y se atenderá al número de días que para cada una de las incapacidades mencionadas señala la Ley Federal del Trabajo. En caso de muerte la indemnización corresponderá a los herederos de la víctima”.

MODIFICACIÓN

Con el Decreto se establece aplicar el salario mínimo general que en Guanajuato que es de $61.38 y aplicado directamente a los 5 mil días de salario, lo que da $306.900, más 44 mil 66 pesos. En total suman 350 mil 966 pesos para una indemnización.

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