El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Daniel Campos Lango, pudo haber violado un acuerdo cuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE), al promover el voto en favor de sus partido durante una intervención en la tribuna del Congreso local.
En la sesión del jueves pasado, el legislador dijo “este siete de junio salgan libres y tomen todo lo que les dan, pero voten por Acción Nacional” al concluir su participación en la discusión que se dio en el apartado de asuntos generales, entre legisladores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por la presunta entrega de kits escolares en León.
El presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), Mauricio Enrique Guzmán Yañéz, señaló que no es válido que servidores públicos hagan actos de proselitismo a favor o en contra de partidos políticos.
Especificó que según el acuerdo 66 del INE, a través del que se emiten normas reglamentarias sobre la imparcialidad en el uso de recursos públicos, a que se refieren distintos artículos de la ley y el 134 párrafo séptimo de la constitución, los servidores públicos no pueden promover el voto a favor o en contra de ningún partido. Esta restricción se detalla en el punto primero, fracción sexta de este ordenamiento.
“En relación con todo lo dispuesto son conductas contrarias al principio de imparcialidad de recursos públicos y por tanto que afectan la equidad en la competencia de los partidos políticos la realizadas por cualquier servidor público, ordenar, autorizar, permitir o tolerar la entrega, otorgamiento, administración o provisión de recursos, bienes o servicios que contengan elementos visuales o auditivos, imágenes, nombres, lemas, frases, expresiones, mensajes o símbolos que lleven implícita o explícitamente… el voto en favor de determinado partido político, coalición, aspirante, candidato o pre candidato,o la promoción de la abstersión”, leyó a la letra el funcionario electoral.
No obstante, dijo desconocer si el legislador panista efectivamente cometió un acto similar en uso de la tribunal del Congreso local.
“No puedo hacer pronunciamiento sobre datos que no conozco eso debo puntualizarlo primero, lo que si puedo decir es que los servidores públicos deben de ser muy cuidadosos porque está prohibido realizar en los entes públicos, y edificios públicos y por supuesto por los servidores públicos actos de campaña o propaganda electoral”, subrayó.
Guzmán Yáñez señaló que para investigar esta asunto deberá existir una queja de por medio, o que incluso podrían iniciar una investigación de oficio, para integrar un expediente y remitirlo al Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato.
“Quien tiene la palabra final en estos temas el el Tribunal Electoral, sin embargo, todos lo servidores de los tres ordenes de gobierno deben recordar que pueden participar en actividades de partido o de campaña dentro de su tiempo personal, es decir, fuera de sus horarios de trabajo y por supuesto que fuera de las oficinas y espacios públicos”, reiteró.
